El Senado introdujo cambios al paquete de reformas para inversiones y reorganización estatal y el proyecto vuelve a Diputados

La iniciativa incorpora la adhesión al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, redefine el rol del Fondo para la Transformación y el Crecimiento, reorganiza el Instituto Provincial de Juegos y Casinos y avanza en el saneamiento de activos remanentes de los ex bancos oficiales. Al introducir cambios sobre la media sanción de Diputados, el proyecto regresará a la Cámara Baja para su tratamiento definitivo.
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La Cámara de Senadores aprobó el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo que impulsa una serie de reformas orientadas a modernizar la administración pública, fortalecer las herramientas de promoción productiva, mejorar la eficiencia en el uso de los recursos estatales y generar mejores condiciones para la inversión privada en Mendoza.

La iniciativa, que contaba con media sanción de la Cámara de Diputados, recibió modificaciones durante su tratamiento en el Senado, por lo que volverá a la Cámara Baja para que los diputados analicen los cambios incorporados y le otorguen sanción definitiva.

Durante el tratamiento del expediente, la presidenta de la comisión de Hacienda y Presupuesto del Senado, la senadora Patricia Sánchez, destacó que el proyecto fue analizado en reuniones conjuntas de las comisiones de Hacienda y Presupuesto y de Legislación y Asuntos Constitucionales, en las que el ministro de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad expuso en detalle el alcance de cada uno de los capítulos y respondió las consultas formuladas por los legisladores.

La norma quedó estructurada en seis capítulos que abarcan desde incentivos para inversiones privadas hasta la reorganización de organismos provinciales y el saneamiento de activos remanentes de los ex bancos oficiales.

Adhesión al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones

El primer capítulo establece la adhesión provincial al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), incorporado al Título XXIII de la Ley Nacional 27.802 y reglamentado recientemente por el Gobierno nacional.

La herramienta está destinada a PyMEs y mini PyMEs mendocinas que proyecten inversiones de entre 150 mil y 9 millones de dólares, con el objetivo de ampliar la capacidad productiva y fomentar la generación de empleo de calidad.

Además de los beneficios previstos por la normativa nacional, Mendoza incorporará incentivos adicionales de carácter provincial, entre ellos la estabilidad impositiva, el acceso preferencial a programas de subsidio de tasas y promoción del empleo, asistencia técnica, transferencia tecnológica y prioridad para la utilización de espacios en parques industriales bajo jurisdicción provincial.

La estabilidad impositiva implica que las empresas alcanzadas no abonarán nuevos tributos provinciales ni sufrirán modificaciones en las bases imponibles, alícuotas, exenciones o deducciones vigentes al momento de la adhesión al régimen.

La norma también contempla planes de facilidades de pago para el impuesto de Sellos y habilita al Poder Ejecutivo a incorporar nuevos beneficios mediante reglamentación. Asimismo, se fijan causales de caducidad de los beneficios, como el cese de actividades en territorio provincial durante el período de vigencia o la presentación de documentación falsa.

El régimen exigirá además la presentación del certificado de cumplimiento fiscal emitido por la Administración Tributaria Mendoza como condición para acceder a los beneficios.

Modificación del Fondo para la Transformación y el Crecimiento

El segundo capítulo dispone la disolución, liquidación y supresión de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento, organismo creado en 1993 para administrar recursos provenientes, entre otras fuentes, de compensaciones obtenidas por la Provincia por diferencias en la liquidación de regalías hidrocarburíferas.

Según se explicó durante el debate legislativo, el agotamiento de los recursos extraordinarios que dieron origen al fondo y la evolución del sistema financiero hicieron necesario redefinir el rol del Estado como proveedor directo de crédito.

La liquidación quedará a cargo del Ministerio de Hacienda y Finanzas, que designará un liquidador responsable de administrar los bienes y obligaciones pendientes, elaborar inventarios y presentar informes trimestrales sobre el avance del proceso ante el Ejecutivo y las comisiones legislativas correspondientes.

La ley prevé además la transferencia al Gobierno provincial de las acciones que posee la administradora en Mendoza Fiduciaria y establece que este organismo asumirá la administración de los fideicomisos actualmente gestionados por el fondo, con excepción de aquellos casos expresamente previstos por la normativa.

En reemplazo del esquema de créditos directos, la norma habilita al Ejecutivo a subsidiar tasas de interés para inversiones productivas, capital de trabajo, exportaciones y otros instrumentos financieros canalizados a través de entidades bancarias o financieras.

La bonificación de tasas no podrá superar el 50% de la tasa nominal anual activa publicada por el Banco Nación para operaciones de cartera general y estará orientada principalmente a proyectos vinculados a encadenamientos productivos y generación de empleo.

Asimismo, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Finanzas a financiar proyectos de inversión privada definidos estratégicamente por la Provincia y a celebrar convenios destinados a la concreción de esos objetivos.

La ley también habilita la declaración de incobrabilidad de créditos otorgados en el marco de la emergencia agropecuaria correspondiente a los ciclos agrícolas 1992-1993.

Desde el oficialismo se sostuvo que el Estado conservará herramientas de intervención en situaciones puntuales, pero sin sostener una estructura permanente de préstamos directos cuyo mantenimiento resulta inviable en el contexto actual.

Reorganización del Instituto Provincial de Juegos y Casinos

El tercer capítulo impulsa la reorganización del Instituto Provincial de Juegos y Casinos tras el incendio ocurrido este año en el complejo Tótem Boulevard, donde funcionaba el anexo de la Zona Este del Casino de Mendoza.

La destrucción total de la sala dejó fuera de funcionamiento una de las principales unidades generadoras de ingresos del organismo y provocó una pérdida estimada del 32% de la recaudación bruta vinculada a tragamonedas administradas directamente por el instituto.

Frente a este escenario, la ley faculta al organismo a revisar y reorganizar su estructura durante el plazo de un año, con el objetivo de alcanzar el equilibrio económico y garantizar la continuidad de sus obligaciones y de los fondos destinados a programas públicos financiados por la actividad.

La normativa también suspende temporalmente determinadas restricciones fiscales para facilitar el proceso de reestructuración, aunque mantiene intactas las obligaciones vinculadas al financiamiento de programas de salud.

Además, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar aportes extraordinarios y efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias para afrontar eventuales indemnizaciones o programas de retiro.

Durante el debate se destacó además el fuerte crecimiento del juego online y las apuestas digitales, fenómeno que ha modificado sustancialmente las necesidades operativas del organismo y la rentabilidad de algunas modalidades tradicionales.

Alternativas para el personal alcanzado por las reestructuraciones

El cuarto capítulo establece mecanismos para el personal permanente afectado por los procesos de reorganización previstos en la ley. Entre las opciones disponibles se encuentra un régimen de retiro voluntario que contempla una compensación equivalente al 120% de la indemnización legal correspondiente.

Quienes opten por esta alternativa no podrán reingresar a la administración pública provincial durante los dos años posteriores a su desvinculación, salvo devolución proporcional de la compensación percibida.

También se prevé la posibilidad de incorporación voluntaria a otros organismos provinciales, siempre que exista conformidad del organismo receptor y evaluación favorable respecto de la capacitación e idoneidad del trabajador.

Las reubicaciones deberán ser homologadas por la Subsecretaría de Trabajo y Empleo.

En caso de no concretarse ninguna de estas alternativas, se aplicará el régimen de disponibilidad previsto por la normativa vigente y, cumplido el plazo legal, se procederá a la extinción del vínculo laboral con la correspondiente indemnización.

La ley incorpora además la posibilidad de que los trabajadores desvinculados y su grupo familiar primario continúen afiliados a la Obra Social de Empleados Públicos conforme a la normativa vigente.

Saneamiento de activos de la DABO

El quinto capítulo aborda el saneamiento de activos administrados por la Dirección de Administración de Activos de los Ex Bancos Oficiales (DABO), organismo creado tras la privatización del Banco de Mendoza y del Banco de Previsión Social.

Durante el debate se recordó que una auditoría realizada por la Facultad de Derecho, de la UNCuyo permitió analizar más de 18 mil expedientes vinculados a créditos y obligaciones pendientes.

El relevamiento determinó que una parte importante de esas operaciones se encontraba prescripta, sin actividad procesal o sin información trazable, situación que exponía a la Provincia a litigios judiciales, costas procesales y eventuales indemnizaciones.

Por ese motivo, la ley autoriza al Poder Ejecutivo a disponer la baja contable de créditos declarados incobrables y a avanzar en el saneamiento administrativo y registral de activos residuales.

La norma también faculta al Poder Ejecutivo, a través de la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado, dependiente del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, a disponer la baja contable en el sistema SISCO de aquellos activos remanentes no alcanzados por las disposiciones anteriores, conforme a los criterios que establezca la reglamentación.

Asimismo, se incorporan las habilitaciones procedimentales necesarias para agilizar el proceso de regularización y saneamiento de esos activos.

El objetivo, según se explicó en el recinto, es depurar los registros de deudores, ordenar activos remanentes y brindar una solución definitiva a situaciones históricas que actualmente carecen de utilidad económica o administrativa.

La ley habilita además la cancelación de garantías reales asociadas a créditos irrecuperables, especialmente hipotecas que continúan gravando inmuebles pese a que las deudas originales ya no pueden recuperarse.

La medida apunta a resolver situaciones que afectan a propiedades que permanecen inmovilizadas por gravámenes históricos, muchas de ellas heredadas por segundas o terceras generaciones que no pueden disponer libremente de esos bienes debido a obligaciones originadas hace décadas.

Desde el Ejecutivo sostienen que el saneamiento permitirá reducir la litigiosidad, fortalecer la seguridad jurídica, regularizar inmuebles actualmente afectados por restricciones y cerrar definitivamente un proceso administrativo que la Provincia arrastra desde la privatización de los bancos oficiales durante la década de 1990.

Autoridades de aplicación y beneficios fiscales

El sexto y último capítulo, comprendido entre los artículos 27 y 31, determina las autoridades encargadas de aplicar cada una de las disposiciones de la ley.

En el caso de los capítulos vinculados al RIMI, la transformación del Fondo para la Transformación y el Crecimiento y las disposiciones laborales derivadas de las reestructuraciones, la autoridad de aplicación será el Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Respecto de la reorganización del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, la aplicación quedará a cargo del mismo ministerio a través del organismo de juegos, mientras que el saneamiento de activos de la DABO será instrumentado por el Ministerio de Gobierno.

La norma incorpora además una exención específica del impuesto de Sellos para contratos de refinanciación de pasivos celebrados por empresas alcanzadas por el régimen respecto de deudas contraídas entre el 30 de junio de 2025 y el 31 de marzo de 2026, siempre que las refinanciaciones se formalicen antes del 31 de diciembre de 2026.

La medida permitirá que empresas que acumularon pasivos durante períodos de elevadas tasas de interés puedan reordenar sus balances sin afrontar nuevos costos tributarios, facilitando además el acceso al régimen de promoción de inversiones.

Por otra parte, el artículo 29 invita a los municipios mendocinos a adherir a las disposiciones previstas en el capítulo referido al régimen de incentivos para inversiones.

Posiciones de los bloques

Durante el debate parlamentario, el senador Dugar Chappel del Partido Verde adelantó el rechazo de su bloque al considerar que la iniciativa requería un mayor tiempo de estudio y análisis.

Por su parte, el senador Martín Rostand anticipó el acompañamiento del bloque del PRO al proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo. De igual manera lo hizo el legislador Lucas Fosco de la Libertad Avanza.

En tanto, el senador Félix González de Fuerza Patria confirmó el voto negativo de su espacio, posición que también fue sostenida por la senadora Adriana Cano, del Partido Justicialista.

Alcances de la norma

Según se detalla en los fundamentos del proyecto, el objetivo general de la ley es profundizar el proceso de modernización del Estado mediante una utilización más eficiente de los recursos públicos, el saneamiento de activos históricos y la consolidación de un entorno favorable para el desarrollo económico y la generación de inversiones.

Desde el oficialismo sostuvieron que la adhesión al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones busca mantener a Mendoza competitiva en la captación de inversiones productivas, complementando el esquema nacional con beneficios provinciales de largo plazo y una vigencia de diez años.

En cuanto al Fondo para la Transformación y el Crecimiento, se argumentó que la decisión responde al agotamiento de los recursos extraordinarios que le dieron origen y a la consolidación del sistema financiero privado como principal proveedor de crédito productivo.

Respecto del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, se señaló que la reorganización constituye una respuesta necesaria tanto al impacto económico generado por el incendio de la sala de la Zona Este como a la creciente expansión del juego online y las apuestas digitales.

Finalmente, se destacó que el saneamiento de la DABO permitirá cerrar definitivamente un proceso de recuperación de deudas iniciado tras la privatización de los bancos provinciales y facilitará el acceso al crédito formal para miles de mendocinos afectados por gravámenes vinculados a obligaciones ya extinguidas.

Con la aprobación definitiva de esta norma, el Gobierno provincial busca consolidar nuevas herramientas para la promoción de inversiones, redefinir el papel del Estado en el financiamiento productivo y optimizar el funcionamiento de organismos públicos en un contexto de restricciones presupuestarias y cambios en las condiciones económicas.